Cómo obtener una copia de la escritura de mi propiedad
Perder el papel no es perder la propiedad. Está registrada y se puede volver a pedir.
Actualizado · 2026-06-09 · lectura honesta, sin letra chica
Si perdió la escritura, no perdió nada irreparable. La escritura original queda en la notaría donde se firmó, y la inscripción queda en el Conservador de Bienes Raíces. De las dos se puede pedir copia, y a diferencia de casi todo lo demás, acá el precio sí se puede calcular al peso.
El arancel vigente cobra $300 por cada página y $500 por la autorización. Con eso usted puede estimar su costo antes de ir · algo que en el resto de los trámites del Conservador no se puede hacer.
Escritura o inscripción: no son lo mismo
La escritura pública es el contrato que se firmó ante notario. Su original, la matriz, queda en el protocolo de esa notaría. Si la notaría cerró o pasaron muchos años, la matriz se traspasa al Archivo Judicial.
La inscripción es lo que el Conservador anotó en su registro a partir de esa escritura, y es lo que realmente lo hace dueño. Para casi todos los trámites bancarios y de venta, lo que le van a pedir es la copia de la inscripción, no la escritura.
Si no sabe cuál necesita, pregunte a quien se la está pidiendo. Pedir la equivocada le cuesta el trámite completo de nuevo.
Dónde y cómo se pide
La copia de la inscripción se pide en el Conservador de la comuna donde está inscrita la propiedad · no donde usted vive. Necesita la Foja, el Número y el Año. Si no los tiene, el Conservador puede buscar por nombre del propietario o por rol, pero se demora más y en algunas oficinas cuesta adicional.
La copia de la escritura se pide en la notaría donde se firmó. Si esa notaría ya no existe, en el Archivo Judicial correspondiente.
En la mayoría de las comunas el trámite del Conservador se cotiza en línea y se paga por transferencia, y la entrega puede ser electrónica.
“Una herencia ordenada temprano vale más que un juicio ganado tarde”
Cuánto cuesta, con la cuenta hecha
El Decreto 588 Exento de 1998 lo dice textual en su numeral 7: "Los Conservadores de Bienes Raíces y de Comercio cobrarán $300.- por cada página de escritura matriz. Tendrán derecho, además, a cobrar $300.- por cada página de copia de inscripción y de los certificados de gravámenes, prohibiciones y litigios. Por la autorización de la matriz, copias y certificaciones, $500."
Entonces la cuenta es: $300 por cada página, más $500 de autorización. Una inscripción de cinco páginas da $2.000. Una de diez, $3.500. Y su Artículo 2° dice que esos montos son máximos.
Lo que pagamos nosotros: una copia autorizada en Casablanca costó $5.000 en marzo de 2021, más $1.000 de valija electrónica. Y acá está lo útil · pregunte cuántas páginas tiene su inscripción antes de pagar. Es la única forma de saber si el total calza, porque la boleta no viene desglosada.
Los papeles reunidos temprano (avalúo fiscal + dominio vigente) aceleran todo lo demás.
Copia de inscripción: cómo se calcula
| Concepto | Monto | Fuente |
|---|---|---|
| Por cada página de copia | $300 | Decreto 588, num. 7 |
| Autorización de la copia | $500 | Decreto 588, num. 7 |
| Ejemplo · inscripción de 5 páginas | $2.000 | Cálculo con el arancel |
| Ejemplo · inscripción de 10 páginas | $3.500 | Cálculo con el arancel |
| Casablanca · copia autorizada | $5.000 | Boleta propia, mar-2021 |
| Casablanca · valija electrónica | $1.000 | Boleta propia, mar-2021 |
Es el único trámite del Conservador donde usted puede calcular su costo de antemano, si sabe cuántas páginas tiene su inscripción. Pregúntelo en la ventanilla: ninguno de los 13 conservadores revisados en agosto de 2026 desglosa la boleta.
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Preguntas frecuentes
¿Perdí la escritura, perdí la propiedad?
No. La propiedad está inscrita en el Conservador, y esa inscripción es la que lo hace dueño. La copia se vuelve a pedir cuantas veces necesite.
¿Cuánto cuesta la copia?
Según el arancel, $300 por página más $500 de autorización. Una inscripción de cinco páginas da $2.000. Pregunte cuántas páginas tiene la suya.
¿Dónde se pide?
La copia de la inscripción, en el Conservador de la comuna donde está inscrita la propiedad. La copia de la escritura, en la notaría donde se firmó, o en el Archivo Judicial si esa notaría ya no existe.
¿Necesito ser el dueño?
Para la copia de la inscripción no · el registro del Conservador es público.
¿Qué me van a pedir: la escritura o la inscripción?
En la mayoría de los casos, la copia de la inscripción. Confirme con el banco o la notaría antes de pedirla, para no pagar la equivocada.
Actualizamos esta página cuando cambian los datos. Cuando se dicte el decreto con los nuevos aranceles de la Ley 21.772, lo va a leer acá.
Esta guía es informativa y refleja la práctica chilena a la fecha de actualización · no constituye asesoría legal, tributaria ni financiera para su caso particular.
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