Cómo regularizar una propiedad en la municipalidad
Seis pasos, en el orden en que ocurren, con lo que pide la DOM en cada uno y dónde se cae la gente. Si lo que busca es cuánto cuesta según el tipo de trámite, eso está en la comparación de los seis trámites. Acá está el cómo.
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Pedir el Certificado de Informaciones Previas (CIP)
Se pide en la misma municipalidad y dice qué se puede construir en ese terreno: uso de suelo, altura máxima, antejardín, ocupación. Es el primer papel porque define si lo que usted construyó se puede regularizar tal como está o hay que modificarlo. Sale barato y demora días, no meses.
Ojo: Si el CIP dice que lo construido no calza con el Plan Regulador, el problema no es de papeles: hay que demoler o modificar. Mejor saberlo ahora que después de pagarle a un arquitecto.
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Contratar a un arquitecto que patrocine el expediente
La DOM no recibe planos hechos por el dueño. Tienen que venir firmados por un arquitecto, que además es quien responde técnicamente por lo que se presenta. Él levanta lo construido, dibuja los planos y arma la carpeta.
Ojo: Pida referencias de expedientes ya aprobados EN ESA MISMA municipalidad. Cada DOM tiene sus mañas y un arquitecto que ya trabajó ahí se ahorra dos rondas de observaciones.
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Armar el expediente
Planos de arquitectura, certificado de dominio vigente, el CIP, la escritura, y los formularios propios de esa municipalidad. Si la construcción es anterior al 4 de febrero de 2016 se acoge a la Ley del Mono, que tiene derechos municipales rebajados y menos exigencias.
Ojo: La fecha de construcción hay que probarla, no declararla. Fotos aéreas históricas, boletas de materiales, el avalúo fiscal antiguo: cualquier cosa que fije el año sirve, y es lo que más se olvida.
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Ingresar y pagar los derechos municipales
El expediente entra por oficina de partes de la DOM y se pagan los derechos, que se calculan sobre la superficie. Por Ley del Mono el costo va de UF 30 a UF 80 según metros y comuna; fuera de ella, de UF 50 a UF 150.
Ojo: Guarde el comprobante de ingreso con número y fecha. Es lo único que prueba que el expediente entró, y sirve para reclamar si se pierde adentro.
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Responder las observaciones
Es raro que un expediente se apruebe a la primera. La DOM devuelve observaciones —un plano mal acotado, un certificado vencido, una cota que no calza— y hay que corregirlas y volver a ingresar. Acá es donde se va el tiempo.
Ojo: Las observaciones tienen plazo. Si se vence, el expediente se archiva y hay que empezar de nuevo, pagando otra vez. Es el error más caro de todo el proceso.
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Recibir la resolución y actualizar los papeles
Aprobado el expediente, la DOM emite la recepción o el certificado que corresponda. Con ese papel se actualiza la superficie en el SII y la propiedad queda con los metros que de verdad tiene.
Ojo: Al actualizar la superficie sube el avalúo fiscal y por lo tanto las contribuciones. Es el costo permanente de regularizar, y casi nadie lo menciona antes de partir.
Por qué se rechazan los expedientes
Casi nunca por lo construido: por la carpeta. Un certificado de dominio vencido, un plano sin la cota que pedía esa DOM, la fecha de construcción declarada y no probada, o el plazo de las observaciones que se venció mientras el dueño esperaba que lo llamaran. Nadie llama. El expediente se sigue de oficio y quien no lo hace, lo pierde.
Y lo que sí conviene decidir antes de partir
Si la construcción es anterior al 4 de febrero de 2016, el camino es la Ley del Mono y sale bastante más barato. Si es posterior, el trámite es el completo. La diferencia entre uno y otro son decenas de UF, así que el primer trabajo del arquitecto es fijar bien esa fecha. Y si lo que quiere saber es cuánto cambia el valor de su casa al regularizar, tásela gratis — el tasador ya distingue entre metros regularizables y metros que infringen normas, que valen distinto.
Preguntas sobre regularizar en la municipalidad
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¿Cuánto demora regularizar una propiedad en la municipalidad?
Por Ley del Mono, entre 2 y 4 meses. Fuera de ella, entre 4 y 8 meses. Los plazos se estiran en las rondas de observaciones, no en el trámite mismo: un expediente bien armado a la primera puede salir en la mitad del tiempo que uno que vuelve tres veces. -
¿Puedo regularizar sin arquitecto?
No. La Dirección de Obras solo recibe planos patrocinados por un arquitecto, que responde técnicamente por lo presentado. Es el costo que más pesa del proceso y no tiene vuelta: sin él, el expediente no entra. -
¿Qué pasa si vendo sin regularizar?
Puede vender, pero el comprador con crédito hipotecario no va a poder comprar: el banco tasa solo los metros que están en los papeles y no financia lo que no aparece. En la práctica su universo de compradores se reduce a los que pagan al contado, y eso se traduce en precio. -
¿Sube algo si regularizo?
Sí, y conviene saberlo antes: al quedar los metros reales inscritos, sube el avalúo fiscal y suben las contribuciones. A cambio, la propiedad se puede vender a cualquiera y con crédito. Es un costo permanente contra un valor de venta mayor, y en la mayoría de los casos la cuenta da a favor de regularizar. -
¿La Ley del Mono sigue vigente?
Sí, hasta el 31 de diciembre de 2027. Es la vía con derechos municipales rebajados para lo construido hasta el 4 de febrero de 2016. Pasado ese plazo, regularizar lo mismo cuesta entre tres y cinco veces más y demora entre 6 y 12 meses.