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Guía · el trámite en la Dirección de Obras

Cómo regularizar una propiedad en la municipalidad

Seis pasos, en el orden en que ocurren, con lo que pide la DOM en cada uno y dónde se cae la gente. Si lo que busca es cuánto cuesta según el tipo de trámite, eso está en la comparación de los seis trámites. Acá está el cómo.

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    Pedir el Certificado de Informaciones Previas (CIP)

    Se pide en la misma municipalidad y dice qué se puede construir en ese terreno: uso de suelo, altura máxima, antejardín, ocupación. Es el primer papel porque define si lo que usted construyó se puede regularizar tal como está o hay que modificarlo. Sale barato y demora días, no meses.

    Ojo: Si el CIP dice que lo construido no calza con el Plan Regulador, el problema no es de papeles: hay que demoler o modificar. Mejor saberlo ahora que después de pagarle a un arquitecto.

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    Contratar a un arquitecto que patrocine el expediente

    La DOM no recibe planos hechos por el dueño. Tienen que venir firmados por un arquitecto, que además es quien responde técnicamente por lo que se presenta. Él levanta lo construido, dibuja los planos y arma la carpeta.

    Ojo: Pida referencias de expedientes ya aprobados EN ESA MISMA municipalidad. Cada DOM tiene sus mañas y un arquitecto que ya trabajó ahí se ahorra dos rondas de observaciones.

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    Armar el expediente

    Planos de arquitectura, certificado de dominio vigente, el CIP, la escritura, y los formularios propios de esa municipalidad. Si la construcción es anterior al 4 de febrero de 2016 se acoge a la Ley del Mono, que tiene derechos municipales rebajados y menos exigencias.

    Ojo: La fecha de construcción hay que probarla, no declararla. Fotos aéreas históricas, boletas de materiales, el avalúo fiscal antiguo: cualquier cosa que fije el año sirve, y es lo que más se olvida.

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    Ingresar y pagar los derechos municipales

    El expediente entra por oficina de partes de la DOM y se pagan los derechos, que se calculan sobre la superficie. Por Ley del Mono el costo va de UF 30 a UF 80 según metros y comuna; fuera de ella, de UF 50 a UF 150.

    Ojo: Guarde el comprobante de ingreso con número y fecha. Es lo único que prueba que el expediente entró, y sirve para reclamar si se pierde adentro.

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    Responder las observaciones

    Es raro que un expediente se apruebe a la primera. La DOM devuelve observaciones —un plano mal acotado, un certificado vencido, una cota que no calza— y hay que corregirlas y volver a ingresar. Acá es donde se va el tiempo.

    Ojo: Las observaciones tienen plazo. Si se vence, el expediente se archiva y hay que empezar de nuevo, pagando otra vez. Es el error más caro de todo el proceso.

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    Recibir la resolución y actualizar los papeles

    Aprobado el expediente, la DOM emite la recepción o el certificado que corresponda. Con ese papel se actualiza la superficie en el SII y la propiedad queda con los metros que de verdad tiene.

    Ojo: Al actualizar la superficie sube el avalúo fiscal y por lo tanto las contribuciones. Es el costo permanente de regularizar, y casi nadie lo menciona antes de partir.

Por qué se rechazan los expedientes

Casi nunca por lo construido: por la carpeta. Un certificado de dominio vencido, un plano sin la cota que pedía esa DOM, la fecha de construcción declarada y no probada, o el plazo de las observaciones que se venció mientras el dueño esperaba que lo llamaran. Nadie llama. El expediente se sigue de oficio y quien no lo hace, lo pierde.

Y lo que sí conviene decidir antes de partir

Si la construcción es anterior al 4 de febrero de 2016, el camino es la Ley del Mono y sale bastante más barato. Si es posterior, el trámite es el completo. La diferencia entre uno y otro son decenas de UF, así que el primer trabajo del arquitecto es fijar bien esa fecha. Y si lo que quiere saber es cuánto cambia el valor de su casa al regularizar, tásela gratis — el tasador ya distingue entre metros regularizables y metros que infringen normas, que valen distinto.

Preguntas sobre regularizar en la municipalidad

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